Cuando un socio paga un gasto personal con dinero de la empresa y se contabiliza en la cuenta con socios, en principio no debe suceder nada. Pero si esto se hace reiteradamente y el saldo de la cuenta aumenta, puede ser un problema…
Cuenta corriente con socios • Cuenta 551.
La cuenta 551 es una cuenta corriente de efectivo, con socios, administradores y cualquier persona jurídica a excepción de bancos, clientes, proveedores y que no sean cuentas de participación.
Esta cuenta está pensada para disposiciones esporádicas y a corto plazo, de forma que en pocos días se devuelva el dinero. Si se hacen disposiciones de forma continuada y sin reponer nada de lo dispuesto anteriormente, el saldo de la cuenta aumentará, y esto puede suponer un serio problema. Inspección.
De este modo, si esta situación se mantiene, Hacienda puede considerar que el socio no tiene intención de devolver las cantidades dispuestas, y que dichas disposiciones no constituyen un préstamo sino un dividendo encubierto.
4 soluciones para regularizar la cuenta 551
- Devolver progresivamente el dinero reintegrado sin justificación.
- Repartir dividendos.
- Aumentar nómina ó facturar un importe mayor a la sociedad.
- Realizar un préstamo sociedad-socio.
1. Devolver el dinero reintegrado sin justificación:
Sería lo más apropiado, puesto que el socio ha reintegrado ese efectivo sin aparente justificación de la actividad de la sociedad.
2. Repartir Dividendos:
Acuerda un reparto de reservas entre los socios, de forma que la cantidad que éstos reciban compense la deuda pendiente, incluidos los intereses oportunos.
El socio deberá tributar en su IRPF por dichos rendimientos (que tributarán en la base del ahorro a un tipo de entre el 19% al 26%).
La sociedad deberá satisfacer las retenciones que deberían haberse practicado en cada una de estas disposiciones (retención que en la actualidad es del 19%).
Así podrás evitar posibles sanciones en caso de inspección.
3. Aumentar la nómina o factura:
Sin cobrar mayor importe, para poder ir reduciendo el saldo de esa cuenta de socios.
Al final se acaba tributando por Rendimientos del Trabajo o Actividades Económicas, incrementando la Base Imponible y su correspondiente porcentaje de tributación en función de la cuantía reintegrada.
4. Realizar un préstamo sociedad-socio:
Si las cantidades recibidas de la empresa son muy elevadas, se debe formalizar un contrato de préstamo. Presentarlo ante la oficina liquidadora de ITP y liquidarlo como no sujeto. No es necesario pasar por un notario.
• Se debe fijar un tipo de interés superior al interés legal del dinero.
• Y se deben realizar devoluciones periódicas a la sociedad.