MODELO 347. DECLARACIÓN INFORMATIVA. DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS.
¿Qué es el modelo 347?
El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas que se presenta en febrero de cada año, y permite a Hacienda cruzar datos informados de operaciones económicas entre proveedores y clientes.
¿Quién esta obligado a presentar el modelo 347?
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de dicha Ley, que desarrollen actividades empresariales o profesionales, deberán presentar una declaración anual relativa a sus operaciones con terceras personas.
Este modelo es obligatorio, en él se relacionan las operaciones con terceras personas realizadas en el ejercicio anterior, siempre que superen el importe de 3.005,06 € (IVA incluido).
Por otra parte, el artículo 32 delimita el ámbito subjetivo de obligados a presentar dicho modelo.
Modelo 347. Plazos.
La presentación se realizará durante el mes de febrero del año posterior. La fecha límite de presentación del modelo 347 es el último día de febrero.
¿Qué operaciones se incluyen en el modelo 347?
- Entregas y adquisiciones de bienes
- Prestación y adquisición de servicios
- Operaciones inmobiliarias
- Subvenciones y ayudas no reembolsables
- Las operaciones en metálico superiores a 6.000€
- Anticipos de clientes y proveedores
- Arrendamientos (Los alquileres sujetos a retención se declaran en el modelo 180)
¿Qué pasa si no se presenta el modelo 347?. Sanciones.
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece una sanción monetaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que se haya omitido, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
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