GASTOS DEDUCIBLES AUTÓNOMOS: Gastos deducibles en la declaración de la renta
Para que un gasto sea deducible tiene que cumplir los siguientes requisitos:
a. Que estén relacionados con la actividad económica de la empresa.
b. Que pueda justificarse dicho gasto.
c. Que se encuentren contabilizados en los libros-registro de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.
Listado de gastos deducibles
1. Compras, Variación de existencias y Otros consumos de explotación
Las compras son adquisiciones de bienes corrientes realizadas a terceros, tienen que cumplir dos requisitos:
• Que se realicen para conseguir ingresos.
• Que sean bienes que forman parte del activo corriente.
Para reflejar la variación de existencias como un gasto, las existencias iniciales tienen que ser mayores a las existencias finales.
Otros consumos de explotación son; el consumo de otros aprovisionamientos dirigidos al proceso de producción o empleados en la prestación de servicios.
2. Gastos de personal
Se incluyen los sueldos, las pagas extraordinarias, las retribuciones en especie, las cotizaciones sociales, las indemnizaciones, las dietas, gastos de formación, etc.
3. Arrendamientos y cánones.
Alquiler de bienes muebles o inmuebles, derecho de uso de patentes, etc.
4. Reparaciones y conservación
Gastos para el sostenimiento del inmovilizado, no incluyéndose los de ampliación y mejora.
5. Servicios de profesionales independientes.
Fontaneros, consultores, abogados, notarios, etc.
6. Suministros
Agua, luz, combustibles, etc.
7. Otros servicios exteriores.
Tales como transportes, primas de seguros, servicios bancarios y similares, publicidad, propaganda y relaciones públicas, etc.
8. Tributos fiscalmente deducibles
El IBI y el IAE 9.
9. Gastos financieros
Gastos por descuento de efectos, intereses de descubierto, intereses de préstamos, etc.
10. Amortizaciones y Pérdidas por deterioro de valor del Inmovilizado.
11. Otros conceptos fiscalmente deducibles.
Gastos de asistencia a cursos, conferencias, congresos, etc.
Cuotas satisfechas por el empresario o profesional a corporaciones, cámaras y asociaciones empresariales legalmente constituidas.
12. Gastos fiscalmente no deducibles
• Multas y sanciones.
• Donativos y liberalidades.
• Pérdidas del juego.
• Gastos realizados con personas o entidades residentes en paraísos fiscales.
• IVA soportado que resulte deducible en la declaración del IVA.
• Las aportaciones a Mutualidades de Previsión Social del propio empresario o profesional.